viernes, 17 de mayo de 2013

Lavado de Activos

El lavado de activos es uno de los elementos de estudio dentro de la conocida como “economía subterránea”, por ser el agente catalizador de los dineros percibidos por delitos como trata de personas, secuestro, sicariato, prostitución, hurtos y estafas, entre otros. Esta actividad es reconocida en nuestro estatuto penal como un delito per se, por ser la herramienta utilizada por los delincuentes para dar apariencia de legalidad a los dineros que se han obtenido de forma ilegítima; y de acuerdo con lo expuesto por Balen de Pérez Toro (2001), experta en el tema, “se ha convertido en un problema que afecta seriamente los mercados fi nancieros del mundo, pues le ha permitido a las organizaciones delictivas penetrar en los negocios lícitos escondiendo sus ganancias, lo que conduce a distorsionar la actividad fi nanciera, comercial y empresarial legítima, generando corrupción a su paso”.

Su comportamiento va de la mano del aumento de las actividades delictivas registradas en nuestro país, el incremento de la demanda mundial de alcaloides como la cocaína, la falta de control de las operaciones financieras y la habilidad de los delincuentes para camufl ar sus actividades e infi ltrarlas en el sistema formal, a través de operaciones muy elaboradas.

Estructura

Dentro del fenómeno de la economía criminal, este delito consolida un ingreso potencialmente grande en la funcionalidad del sistema formal, por las cantidades de efectivo que a diario le inyecta, y es el motor para el desarrollo de muchas otras actividades, tanto lícitas como ilícitas, las cuales inciden de forma directa en el comportamiento de los indicadores macroeconómicos. A pesar del daño que ocasiona, por financiar las acciones del narcotráfico y el terrorismo, muy pocas personas conocen en realidad cómo funciona y cuál es su proceso de infiltración en la economía formal.
Para ilustrar su estructura, Hernández Quintero (2006), en su libro Los delitos económicos en la actividad financiera, describe las tres fases del proceso de lavado, una vez que se han obtenido los dineros producto del ilícito, así:

1. Colocación física de la moneda en el sistema financiero: Supone el entregar el dinero a una entidad financiera.

2. Estratificación o mezcla con fondos de origen legal: Una vez introducido en el sistema financiero, el objetivo es eliminar el rastro; para ello realiza traslados a otras entidades bancarias, en lo posible a paraísos fiscales con laxos controles en la introducción de dicho dinero y con estricto rigor de la reserva bancaria.

3. Integración o inversión: Se caracteriza por regresar el dinero al mercado de donde inicialmente salió, pero disfrazado de fondos legítimos. Esto se hace generalmente a través de la compra de inmuebles, negocios de fachada y la integración de fondos a la cadena comercial.

En Colombia, la primera etapa se realiza por lo general a través de la compra de inmuebles, de moneda extranjera, de oro o esmeraldas, de pólizas de seguro, la utilización de casinos o centros de juego, el patrocinio de espectáculos o la colocación de pequeñas cantidades de dinero en diversas cuentas, dentro o fuera del país, para que ingresen al sistema financiero nacional.

En algunos casos supone la realización inmediata de transacciones en cuentas de bancos ubicados en paraísos fiscales o la utilización de sistemas financieros paralelos al formal, conocidos también como economía del menudeo, que ofrecen al mercado liquidez inmediata. Toda acción es válida, siempre y cuando evite su ubicación por parte de las autoridades o de los enemigos, y el deterioro por factores ambientales.

En la segunda etapa se usan las actividades de empresas fachada, especialmente las de servicios, y la intervención de diferentes personas en distintos negocios o la dispersión financiera a través de créditos, giros, transferencias y cheques, entre otros.

En la etapa de integración, los dineros lavados ingresan de forma legal al sistema formal, y se reportan como inversiones, créditos, entradas por exportaciones ficticias o adquisición de bienes en actividades aparentemente legales. En esta fase, discernir entre legal e ilegal es en extremo difícil, porque su existencia supone la realización exitosa de las dos etapas anteriores evadiendo el rastreo, y no hay manera de relacionar los bienes “integrados” con las actividades ilícitas que le dieron origen.

Una vez “blanqueados” estos dineros de origen ilícito, se unen a la cadena de ejecución de la  economía formal y suman en la determinación de los indicadores económicos que apoyan a los agentes de política económica en la toma de las decisiones y la destinación de los recursos.
Debido al poderoso camuflaje de esta actividad, existen numerosas dificultades para calcular la dimensión de estos recursos, aunque es innegable que intervienen de manera indirecta en el comportamiento del PIB departamental y, por ende, en el nacional.

Fuente: http://oasportal.policia.gov.co/imagenes_ponal/dijin/revista_criminalidad/vol53_1/11Ellavado.pdf



1 comentario:

  1. Oriana Rojas Trujillo29 de mayo de 2013, 18:15

    En este delito de Lavado de Activos es muy importante rescatar que este muy ligado al Delito de Trata de Blancas que en nuestro Estado solo se contempla como trata de Blancas y que en verdad esta reglamentado internacionalmente por el Convenio de Palermo que contempla todo tipo de Esclavitud Moderna.

    El lavado de Activos es un medio para llevar a incautos o incautas al exterior con promesas de grandes cantidades de dinero que son producidos de actividades ilícitas, los cuales son lavados por medio de la trata de inmigrantes.

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