jueves, 6 de junio de 2013

TALLER FINAL

Taller adecuaciones típicas


Caso aportado por la Dra. DIANA LORENA MONJE ALBARRACÍN
El ejercicio que usted debe realizar es:


1)     Analizar el caso, descomponiéndolo en todos sus elementos.(recuerde modo, tiempo y lugar)
2)     Determinar si hay conductas típicas, que puedan ser jurídicamente sancionadas.
3)     Llegar a una conclusión frente al análisis del tipo tomando postura como defensor o Fiscal.
4) Hacer a mano (No computador).

El industrial Sergio Losada le propuso a su amigo Luis Carlos Valenzuela que entre los dos podían hacer un gran negocio. Por esa época, la firma Fluor Daniel, accionista de la empresa Transgás de Occidente, que transporta gas natural por gasoducto entre Mariquita y Cali, estaba interesada en vender su participación, y Sergio, por ser también socio, tenía la primera opción de compra y la posibilidad de adquirir las acciones baratas y revenderlas, pero le faltaba conseguir el cliente, por eso acudió a su amigo Valenzuela, dueño de la firma de banca de inversión Sumatoria. Losada le contó a Valenzuela los detalles del negocio, dados sus lazos de amistad que eran estrechos. Los dos se comprometieron a encontrarle un cliente al industrial, a cambio, recibiría como pago una comisión del 8 % del valor de la venta, y como es la práctica normal en estos casos, firmaron entre ellos un acuerdo de confidencialidad el 4 de diciembre de 2010. Lo mismo hicieron Sumatoria y Transgás. Esto se hizo para que cada una de las partes mantuviera bajo reserva toda la información que no fuera de conocimiento público. Con los datos en la mano, Sumatoria empezó a buscar comprador para las acciones. Pero fracasó en el intento. 
El único cliente que consiguió no estaba dispuesto a pagar los 1,15 dólares por acción que pedía Losada y no hubo negocio.  En febrero de 2011 Sergio vuelve a contactar a Valenzuela, esta vez porque se entera de que otro socio, la firma francesa Spie Capag, se va del país y quería vender los 4,5 millones de acciones que tenía en Transgás. De nuevo Valenzuela tenía que conseguirle un cliente y tenía que ser antes del 29 de abril, día en que se le vencía a Sergio la opción de comprarle las acciones a Spie Capag. Pero el día llegó y el negocio para Losada se desvaneció por falta de comprador. 

Sin embargo, ese día nació otro negocio: Valenzuela y sus socios compraron todas las acciones de Spie Capag. ¿Cómo lo hicieron? tres meses atrás, mientras hacían las veces de banqueros de inversión para Losada, el señor amigo Valenzuela y sus socios crearon las empresas Gasolar y Portgás. Ambas sociedades fueron constituidas el mismo día, enero 21 de 2012, con un capital de un millón de pesos cada una, con esas empresas compraron las acciones de los franceses de Spie Capag en Transgás. Para la plata contaron con el músculo financiero del empresario David Seinjet Neirus, uno de los principales accionistas del Ingenio La Cabaña, quien desembolsó cerca de tres millones de dólares y se convirtió en gerente suplente y accionista de Portgás. Cuando el industrial Sergio se entera de lo sucedido, lo denunció penalmente por los delitos de uso indebido de información privilegiada, y divulgación y empleo de documentos reservados, ello porque siendo conocedor de información en razón de su profesión y oficio, la utiliza para obtener provecho para sí mismo y terceros mediante la negociación de determinadas acciones registradas en el Registro Nacional de Valores y que además no era de conocimiento publico[1].

A lo anterior se suma que el señor Sergio Losada, pensaba con dicho negocio que arruino el señor Valenzuela recuperar su porcentaje accional, dado que dejo en años anteriores algunas de sus acciones a favor del  hijo menor adulto de su hermana (quien falleció) mediante curatela nacida de acto entre vivos para que la administre la señora Karoll Reyes como carga impuesta a favor de aquel que no puede dirigirse a sí mismo, o administrar competentemente sus negocios, y que no se halle además bajo potestad de su madre, que pueda darles la protección debida, lo que no supo el señor Losada, es que la curadora estaba malversando y dilapidando[2] desmesuradamente dichas acciones al menor Pedrito, y no cumpliendo con la guardia impuesta a favor de él, lo que sí está haciendo es utilizando las costumbres familiares de los Losada, invocando el propósito de adelantar o gestionar un gran proyecto de interés cívico, juvenil no gubernamental, captando dineros sin el lleno de los requisitos señalados en la ley para tal efecto, pero además sin ejecutar los recursos recaudados conforme a lo señalado previamente en el respectivo proyecto[3], de allí, que la situación es bastante comprometedora para ella como titular y representante del menor a quien se supone se le confía su protección económica y didáctica (aprovecha la inocencia del niño para incentivarlo a invertir, malversando su capital injustificadamente, pero además recolecta dineros para el proyecto vacio con una supuesta finalidad benéfica).

Continuando con esta controversial historia de Pedrito y su capital familiar, la señora Diana Monje madre de Pedrito, fue una mujer apasionada a las escrituras, de allí, nace su ultima e ilustre obra académica “De los delitos penales económicos y su navegante fronterizo el señor López”, obra que por poco no alcanza a ser registrada ante el Ministerio del Interior por su autora, pero que era de total conocimiento por sus familiares y allegados, lo que nunca se percato es que amigos de la familia, como el señor Diego Facundo, la inscribiría primero en el registro de autor con nombre distinto al de Diana Monje su verdadera autora, pero además cambiaria el titulo de la obra académica y alteraría ciertas partes del texto del libro, [4] cometido que fracaso por la oportuna diligencia de las autoridades judiciales.

Al poco tiempo, la señora Monje murió, pero logro realizar la debida inscripción para que Pedrito percibiera los frutos que en el trascurrir de su vida no logro darle, pero que le aseguro con su dedicación intelectual reflejada en la escritura, y que por cuestiones legales dichos derechos patrimoniales heredaría su pequeño hijo, de allí el interés del señor Sergio Bonilla, tío cercano y  paterno del menor en reproducir, ofrecer y vender la obra[5] “De los delitos penales económicos y su navegante fronterizo el señor López”, dada la desprotección e ignorancia de Pedrito frente al tema, pero además como dicho libro trae una connotación doctrinal de suma importancia se logra impregnarlo en medios tecnológicos, lo que de manera abusiva elude las medidas tecnológicas para restringir los usos nos autorizados el mismo señor Bonilla[6].

La Familia de Pedrito, asumiendo una actitud positiva frente a tanta dificultad, logra invertir los frutos de la obra del libro de la señora Monje para gananciales del menor, en un almacén que comercializa artículos de primera necesidad entre otros llamado “Los granitos de Pedrito”, un día aparece de repente el padre de Pedrito el señor Ublime Gómez, quien al ver la posición económica de su hijo ingresa al establecimiento comercial acaparando y sustrayendo del comercio artículos o productos oficialmente considerados de primera necesidad[7], pues el señor tiene negocios con Edwin Niño un distribuidor mayorista que pone en venta artículos o géneros oficialmente considerados como de primera necesidad a precios superiores a los fijados por autoridad competente[8], cabe resaltar que al parecer el señor Ublime,  y Edwin hacen parte de una organización que se dedica a alterar o modificar en perjuicio del consumidor, la calidad, cantidad, peso, volumen o medida de artículos o productos destinados a su distribución, suministro, venta o comercialización [9], lo que implica suministrarle protección inmediata de alta seguridad policiva al menor Pedrito porque actualmente ocupa una gran posición económica en el país, catalogándose como uno de los grandes ricos y más aun especial protección dado el descubrimiento de que el hermano de Sergio Losada y Diana Monje, tío materno de Pedrito esta como supuesto intermediario ofreciendo al público los bienes (libro y productos del almacén) en forma masiva, sin que los mismos correspondan a la calidad, cantidad, peso, volumen, medida e idoneidad anunciada en  la  propaganda, registro correspondiente utilizando el nombre del protagonista de este cuento.[10]

Finalmente la pobre familia de Pedrito y el mismo Pedrito, se encuentran involucrados en un gran escándalo, pues la prensa y farándula les publica anotaciones y declaraciones dadas por la señora Claudia Ortiz quien inexplicablemente está divulgando al público y a su vez reproduciendo en sistemas de comunicación pública información falsa e inexacta que a la fecha está afectando la confianza de los accionistas de Transgás que es una institución vigilada y controlada por la Superintendencia Financiera, trayendo pérdidas económicas a la empresa, puesto que ha puesto en desequilibrio el interés de los clientes, la proyección de los inversionistas y la permanecía de los accionistas, aspectos que sin lugar a dudas, tiene en aprietos a la emproblemada familia y a punto del colapso la vida adquirida con esfuerzos para Pedrito Monje Losada un menor que su familia protege una vez muere su madre, su curadora defrauda, su negocios se involucran en actividades ilícitas por terceros sin su conocimiento, sus ganancias se trasforman en perdidas pero con un optimismo que aún todos  conservan.


“MORALEJA: Registre a tiempo, confié poco, invierta cautelosamente, actué con prudencia y obtendrá más ganancias, menos problemas”.




[1] Utilización indebida de información privilegiada. Art 258 C.P.
[2] Malversación y dilapidación de bienes. Art 259 C.P.
[3] Gestión indebida de recursos sociales. Art. 260 C.P.
[4] Violación de los derechos morales de autor. Art. 270 C.P
[5] Defraudación a los derechos patrimoniales de autor. Art. 271 C.P
[6] Violación a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos conexos, y otras defraudaciones. Art. 272 C.P.
[7] Acaparamiento. Art. 297. C.P.
[8] Especulacion. Art. 298. C.P.
[9] Alteración y modificación de calidad, cantidad, peso o medida
[10] Ofrecimiento engañoso de productos y servicios



9 comentarios:

  1. yo dr. Nestor Rodriguez estudiante activo, aferrimo y fiel admirador de el derecho penal economico, pienso que se estan configurando muchos delitos planteados en el caso formulado, puesto que es evidente la utilizacion indebida de informacion privilegiado, pero en cuanto a lo que hizo el señor valenzuela seria el unico delito que que se le pueda imputar, puesto que el señor sergio losada confio equivocadamente en la persona equivocada, tambien en ciertas circuntancias estipula un delito llamado especulacion.

    en cuanto a la curadora de pedrito, si esta inmersa en varios delitos , seria malversacion y dilapidacion de bienes, gestion indebida de recursos sociales, defraudacion de derechos patrimoniales y por ultimo ofrecimiento engañoso. DOCTOR ANDRES LOPEZ , muchas gracias por su dedicacion, seguimos a la expectativa de cualquier novedad, att su tal vez mejor alumno en años, NESTOR RODRIGUEZ.

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    1. Dr. dónde le dieron el doctorado si todavía está estudiando derecho?

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  2. segun el caso planteado, se pueden plantear muchos delitos tipificados, empecemos con cada caso en particular: el de carlos valenzuela se le puede imputar el cargo de indebida utilizacion de informacion privilegiada, divulgacion y empleo de documentos reservados, la mentablemente no se puede imputar niguna otra conducta, puesto que el señor sergio losada no tomo precauciones en el manejo de la informacion y creyendo es su supuesto amigo puso el mismo en riesgo su dinero y acciones,por su parte el señor losada cometio el delito gestion indebida de recursos sociales frente a su , , sobrina, otra persona que tiene que soportar varios cargos es la señora karol curadora, por el delito de dilapidacion de bienes , defraudacion a los derechos patrimoniales, ofrecimiento engañoso, por otro lado el señor ublime gomez incurre en el delito de acaparamiento ya que sustrae los bienes del mercado, el señor diego facundo es culpable igualmente del delito de violacion de derechos de autor y alteracion de productos, como podemos observar en el anterior caso, uno de los unicos que no tiene algun grado de culpa es Pedrito, menor que tenia curadora, en lo anterior podemos ver que si bien existe causas que tipifican una conducta, existen tambien muchas alternativas de defensa puesto que los protagonistas dejan muchos vacios, contienen una confianza absoluta en otros , y por supuesto existe negligencia en los distintos requerimientos, att MARIA FERNANDA PARRA

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  3. el caso planteado, se pueden plantear muchos delitos tipificados, empecemos con cada caso en particular: el de carlos valenzuela se le puede imputar el cargo de indebida utilizacion de informacion privilegiada, divulgacion y empleo de documentos reservados, la mentablemente no se puede imputar niguna otra conducta, puesto que el señor sergio losada no tomo precauciones en el manejo de la informacion y creyendo es su supuesto amigo puso el mismo en riesgo su dinero y acciones,por su parte el señor losada cometio el delito gestion indebida de recursos sociales frente a su , , sobrina, otra persona que tiene que soportar varios cargos es la señora karol curadora, por el delito de dilapidacion de bienes , defraudacion a los derechos patrimoniales, ofrecimiento engañoso, por otro lado el señor ublime gomez incurre en el delito de acaparamiento ya que sustrae los bienes del mercado, el señor diego facundo es culpable igualmente del delito de violacion de derechos de autor y alteracion de productos, como podemos observar en el anterior caso, uno de los unicos que no tiene algun grado de culpa es Pedrito, menor que tenia curadora, en lo anterior podemos ver que si bien existe causas que tipifican una conducta, existen tambien muchas alternativas de defensa puesto que los protagonistas dejan muchos vacios, contienen una confianza absoluta en otros , y por supuesto existe negligencia en los distintos requerimientos, El señor sergio bonilla tambien esta bajo el delito de derechos de autor ya que queria reproducir y vender la obra dejada por diana monje a su hijo., edwin y ublime incurren en el delito de alteracion o modificacion de calidada, cantidad y peso, como esbozaba anteriormente asi como existen argumentos para juzgar , tambien podrian existir mecanismos de defensa por culpa de las mismas victimas. ATT CARLOS ARLEY STERLING

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  4. 1 Resumen del Caso: los Hechos comienzan el 4 de Diciembre con la Union del Señor Luis Carlos Valenzuela y el Señor Sergio Losada, para invertir en la Firma Fluor Daniel y en otras Empresas, para lo cual realizaron un trato de condifencialidad, al invrtir Sergio Losada en Spie Calg, a Señor Valenzuela no le correpondio nada por estas inversiones, asi que formo las empresas Gasolar y Portgás, para utilizar la informacion con caracter confidencial para poder invertir, asi Sergio Losada lo denuncia por utilizacion de indebida informacion protegida.

    2.Tipoes Penales que
    despues Predrito es la victima de los tipos penales cometidos por su Curadora Karoll Reyes, quien dilapida su bienes inviertiendolos en sociedad, disminuyendo su capital y captando dimero de recusos sociales, mas adelante el Señor Sergio Bonilla reprodcuce la obra literaria de la Madre de Pedrito, inscrta por Diego Facundo como suya, cambando algunos de sus partes, asi tambien el Padre de Pedrito por medio de el acapara productos de primera necesiad y comete otros delitos contra el consumidos, por ultimo la Señora Claudia Ortiz, difunde informacion inexcta a los clietes de las empresas de Pedrito, todo eloo sucede desde el año 2010 al 2012.

    2.Tipos Penales:
    Utilizacion indebida de informacion priveliada
    Malversacion y dilapidacon de bienes
    Geston Indebida de recurss sociales
    Violacion de los Derechos Morales de Autor
    Defraudacion de los Derechos Patrimoniaes de Autor
    Violacion a los mecanismos de proteccion de derecho de autor,derechos conexos y otras defraudaciones
    Acaparamiento
    Especulacion
    Alteracion y modifacion de calidad , cantidad, peso o medida
    Ofrecimient engañoso de productos y servicios
    Gestion indebida de recurso sociales
    Panico Economico
    3.La Conclusion que llego como Fiscalia es que las personas que comtieron esta clase de conductas punible , se les pediria dentro de la Audiencia de Juicio Oral, Sentencia Condenatoria, ya que se probaria por medio de pruebas documentales, incorporadas por testimonios, ahoa hay que colocar en consideracion que hay un menor de edad que su patrimonio fue afectado, relacionando un poco el Derecho a los Niños y su proteccion, la importancia de la proteccion del menor de edad por medio del curador.

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  5. para emitir concepto jurídico del caso objeto de análisis y estudio es necesario devorar minuciosamente cada uno de los hechos como consecuencias de las conductas realizadas por cada sujeto, que para ello es necesario individualizarlos, para analizar la veracidad de los argumentos jurídicos facticos primero se debe resaltar como antecedente que el señor SERGIO LOSADA y su amigo LUIS CARLOS VALENZUELA, intentaron asociarsen para cometer una conducta típica “reserva de información”. posteriormente a esto a valenzuela incurria en una conducta tipica a la cual se le puede imputar: utilización indebida de información, uso indebido de información privilegiada , divulgación y empleo de documentos reservados, todos esta conducta realizada con dolo se consume debido a su profesión y oficio que se aprovecha de el, para tener provecho para sí y para terceros. Acciones que fueron registradas en el registro nacional de valores y que además no tenía conocimiento del público.El señor LUIS CARLOS VALENZUELA oculta acciones, las cuales considero que actuó de forma dolosa y fraudulentas toda vez que tiene como fin evadir impuestos y rendir tributos a la DIAN, utilizando como mascara a su sobrino menor de edad PEDRO y quien es hijo de su hermana DIANA, quien falleció. por otra parte debido al fallecimiento de su hermana quien deja a su hijo menor de edad pedrito como heredero de los frutos producto de incripcion de obra, debido a su incapacidad para administrar sus bienes, se le nombra la curadora Karol Reyes que actua de una forma dolosa contrariando no solo los fines del Estado Social de Derecho, sino que además viola la constitución y la ley, toda vez que no protege los derechos de un niño menor de edad como lo pretende el código de infancia y adolescencia, para ello malversa y dilapida bienes, dando una gestión indebida de recurso sociales.debido a la misma posición economica de pedro, aparece su padre Ublime Gómez , quien ingresa al establecimiento de comercio con el fin de acaparar y sustraer del comercio artículos de primera necesidad . quien este a su vez tiene un negocio con el señor Edwin Niño, quienes son distribuidores mayoristas, logrando dejar en venta los artículos de primera necesidad a precios superiores a los fijados por las autoridades competentes. siendo estos presuntamente , presuntamente hacen parte de una organización que se dedicar a alterar , modificar en perjuicio del consumidor, calidad, cantidad, peso, volumen. O medida de los artículos productos destinados a su distribución, suministro, venta o comercialización.Por último la señora Claudia Ortiz con el fin de generar pérdidas económicas decide hacer escándalo por medio de la prensa suministrando información falsa e inexacta que afecta la inversión de los accionistas. como defensa se plantea una serie de conductas y se logra imputar mas de 12 delitos ademas de ello se puede demandar civilmente con el fin de obtener reparacion por daños causados y afectados por lucro cesante y daños al buen nombre entre otros. YOAN ORLANDO GARAY DIAZ.

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  6. El Señor Sergio Losada, le comenta sobre un negocio a su amigo Luis Carlo Valenzuela, quiem es dueño dela firma del Banco de Inversion Sumatoria, que la Firma Fluor Daniel vende ss accions en donde ellos pueden ganar el 8% s encuntran el cliente para la compra de estas acciones.

    El Señor Sergio Losada y el Señor Valenzuela, firman el 4 dei diciembre de 2010, un acuerdo de confidencialidad, sobre el negocio planteado.

    Transcurrio hasta febrero de 2011 y no consiguieron ningun clinte, pero en esta fecha surgio un nuevo negocio con la fima Francesa Spie Capay quien vende el 4.5% de sus acciones de la empresa Transgas, este client lo debian conseguir antes del 29 de Abril. Valenzuela le comunico a este negocio a sus socios, los cuales decideron comprar las acciones de Spie Campay y crear la empresa Gasolar y Porgas las cuales fueron constituiadas el 21 de Enero de 2012, a esta agrupcion se vinculo el Empresario David Seinget Neiyur, accionita de ingnio la Cabaña, quien desembolo a la Empresa Porgas tres millones de dolares, conviertiendose en Gerente Suplente y Accionista.

    Sergio Losada se Entera de la Actucion que realiza Luis Valenzuela y lo denuncia Penalmente, por Uso Indebido de Infomacion Privilegiada, ya que utilizo la inormacion para tener provecho para si y para un tercero, de una informacion que no era publica.

    Sergo losada es Tio del Meno Pedrito, hijo de la Señora Diana Monje, quien fallecio, ejando al menor en Curatela de la Señora Karoll Reyes, quien es la encargada de Administrar sus Bienes, segun la Investigacion de Sergio Losada, la Señora Karoll Reyes estaba Malversando y Dilapidando desmesuradamte las acciones del Menor Pedrito.

    La Señora Diana Monje, madre de Pedrito, era aposionada de la escritura, qien escribio un libro el cual fue registrado violando los Derechos de Autor, por un familiar allegdo Diego Facundo, pero el exito de esta obra se logro con la dligenciade las Autordades Judiciales al devolver a la Señora Diana Monje su obra para que ella la registrara como su autora principal, al pooo tiempo de registrar su obra, dejando los frutos de esta a su hijo Pedrito, quien actualmente sus Familires y la Curatela le admnistran.

    Sus Familiares invierten los frutos para ganancias del menor en un Almacen de Articulos de primera necesidad pero aprece su padre Ublima Gomez y acapara los articulos de pimera necesidad y los une al negocio que llevaba con el Señor Edwin niño, un distribuidor mayorista, quien pone en venta los articulos a precios superores donde altera modifica la calidad, cantidad, peso, volumen o medida de los articulos, llevando a Pedrito y a su familia a ser investigados, la Señora Clauida Ortiz, quien observa estas irregularidades, divulga la informcion en donde lleva a los accionistas y proveedores a no invertir ni vender mas el producto a este almacen pro esto el negocio de Predito se viene a pique y esta involucro en actividades ilictas por terceros.
    Conductas Punibles que se comenten:
    Utilizacion indebida de informacion priveliada
    Malversacion y dilapidacon de bienes
    Geston Indebida de recurss sociales
    Violacion de los Derechos Morales de Autor
    Defraudacion de los Derechos Patrimoniaes de Autor
    Violacion a los mecanismos de proteccion de derecho de autor,derechos conexos y otras defraudaciones
    Acaparamiento
    Especulacion
    Alteracion y modifacion de calidad , cantidad, peso o medida
    Ofrecimient engañoso de productos y servicios
    Gestion indebida de recurso sociales
    Panico Economico

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  7. carmen viviana mora sanchez13 de junio de 2013, 0:54

    1. El Industrial Sergio Losada, propuso a Luis Carlos Valenzuela el negocio de comprar las Acciones de la firma FLUOR DANIEL y revenderlas a 1.15 de dólares por acción, con comisión del 8%; pactando confidencialidad el 4 de Dic de 2010. Pero no consiguieron el cliente. En Febrero de 2011 Sergio Contacta de nuevo a Valenzuela y le plantea el mismo negocio, ahora las 4.5 millones de Acciones de la firma Francesa Spie Capag socia de la firma Trasgas porque se iba del país, y tenía plazo hasta el 29 de Abril de ese año para comprar las acciones; pero Valenzuela el 21 de enero de 2011, creo con sus socios las empresas Gasolar y Portgás comprando todas estas acciones. Transacción financiada por el empresario David Seinjet Neirus, quien pago US $3.000= convirtiéndose en gerente y accionista de Portgás.
    Cuando Sergio se entera de esto, denunció a Valenzuela penalmente por el delitos de uso indebido de información privilegiada, la negociación de las de acciones que no era de conocimiento público; delito tipificado en el artículo 258 del C. P.
    A su vez, las acciones que él había dejado para su sobrino Pedrito, no las recupero. Pero al fallecer su hermana Diana Monge dejo como administradora mediante curatela a la Sr. Karoll Reyes quien no manejo en debida forma los bienes de Pedrito, e invirtió en proyecto juvenil con el fin de malversar y dilapidar los bienes; Incurriendo está en el delito tipificado en el artículo 259 y en el delito de Gestión Indebida de Recursos Sociales que está en el artículo 260 del C.P.
    La madre de Pedrito escribió la obra “De los delitos penales económicos y su navegante fronterizo el señor López”, registrada por ella ante el Ministerio del Interior heredando a Pedrito los derechos de autor, porque el señor Diego Facundo, intento plagiar su obra, Delito que no quedo impune; tipificado en el artículo 270 C.P.
    De allí el interés del señor Sergio Bonilla, tío paterno del menor en reproducir, y vender la obra en medios magnéticos para su benefició. Incurriendo en delito del artículo 271. La Familia de Pedrito, invierte los frutos de la obra del libro, en un almacén que comercializa artículos de primera necesidad “Los granitos de Pedrito”, y el padre de este el Sr. Ublime Gómez, ingresa al almacén acaparando y sustrayendo del comercio artículos o productos de primera necesidad, entregándoselos a el Sr. Edwin Niño para que los distribuya al por mayor a precios superiores fijados por autoridad competente; Incurriendo en los delitos de Acaparamiento, especulación, alteración de cantidad, peso o medida que indica los artículos 297,298 y 299 del C.P. Y el tío materno de Pedrito incurre en el delito del artículo 299 de la misma norma; y suplanta su nombre.
    Finalmente su familia y el, se ven involucrados en un gran escándalo, por declaraciones de la señora Claudia Ortiz quien divulga y reproduce en medio de comunicación pública información falsa e inexacta afectando la confianza de los accionistas de Transgás. Por tanto se da el delito de Pánico económico del artículo 302 del C.P.
    En Conclusión como Fiscal: creo que todos a excepción de Pedrito por su condición de menor adulto (discapacitado), y su madre fueron los únicos personajes de esta historia que no incurrieron en ningún delito. Los demás en los delitos de: Acaparamiento, especulación, alteración de cantidad, peso o medida de los arts 297,298 y 299. El delitos de uso indebido de información privilegiada, la negociación de las de acciones que no era de conocimiento público; delito del artículo 258 del C. P. Incurriendo está en el delito dilapidación y malversación de los bienes de Pedrito del artículo 259 y en el delito de Gestión Indebida de Recursos Sociales que está en el artículo 260 del C.P. el artículo 270 Violación de los derechos de autor y en eldelito de defraudación de derechos patrimoniales de autor y conexos art 271. el delito de Pánico económico del artículo 302 del C.P.

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  8. Tenemos que hacer un estudio minucioso de cada uno de los casos ya que por mas evidentes que se presenten los delitos, para un abogado no puede ser superficial ni subjetivo el estudio de cualquier delito.
    En el caso de los industriales, debemos buscar el modus operandi de Valenzuela para buscar si se configura el delito como tal.
    En el caso de pedrito y su curadora debemos buscar que la curadora en verdad hubiese querido malgastar estos fondos y no que lo halla hecho con la buena fe de que estos negocios darìan buenos dividendos.
    asì sucesivamente debemos observar detalladamente cada uno de los caso para no caer en vaguedades que nos lleve a tomar alguna mala decisión.

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